05/09/25 El Día del Empleado de Comercio 2025 se celebrará el lunes 29 de septiembre
Desde la Cámara de Comercio e Industria de San Miguel (CCISM) comunicamos que la celebración del Día del Empleado de Comercio se traslada oficialmente del viernes 26 al lunes 29 de septiembre, según acordaron los firmantes del CCT 130/75.
Si bien los comercios no estarán obligados a cerrar, dado que dicha celebración no impedirá la apertura de los comercios, deberán acordar la modalidad laboral para esa jornada festiva ya sea que sean atendidos por sus propietarios o por empleados que voluntariamente acepten trabajar ese día.
Los empleados mercantiles bajo el Convenio Colectivo 130/75 tendrán la opción de presentarse o no a cumplir tareas, bajo los alcances fijados por la Ley 26.541 la cual establece que la jornada se asimila a un feriado nacional a todos sus efectos.
Por lo tanto, los empleados pueden optar por no trabajar, sin que su salario se vea afectado. Tampoco debe otorgarse la jornada como franco compensatorio ni se permite descontarla de días de descanso ya acordados.
Quienes decidan prestar servicios ese lunes, lo harán bajo el régimen previsto para los feriados nacionales. El empleador deberá abonar por la jornada un recargo equivalente al cien por ciento.
La decisión sobre el esquema laboral para esa fecha queda a criterio de los empleadores y sus trabajadores.
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